sábado, 15 de septiembre de 2007

NO PROCEDE COBRANZA COACTIVA POR DEUDAS ACOGIDAS AL PERTA DENEGADO POR LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA

RESOLUCION DEL TRIBUNAL FISCAL 03261-4-2006 (14 de Junio 2006)

De observancia Obligatoria:

"No procede la cobranza coactiva de una deuda cuya solicitud de acogimiento a los beneficios del Programa Extraordinario de Regularización Tributaria para las empresas agrarias (PERTA AGRARIA) otorgados por el Decreto Legislativo Nº 877 y normas modificatorias, fue denegada por la Administración, cuando el deudor tributario impugnó en el plazo de ley la resolución denegatoria."

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