domingo, 16 de diciembre de 2007

POSTERGAN USO DE LIBROS Y REGISTROS VINCULADOS A ASUNTOS TRIBUTARIOS HASTA ENERO DEL 2009

Con fecha 15 de diciembre se ha publicado la Resolución de Intendencia Nº 230-2007/SUNAT, la misma que modifica la Nº 234-2006/SUNAT que establece las normas referidas a Libros y Registros vinculados a asuntos tributarios.


■ Se sustituye la Octava Disposición Complementaria Final de la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT, por el texto que se señala a continuación:
“Octava.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2007, salvo lo dispuesto en los artículos 12 y 13, los cuales entrarán en vigencia el 1 de enero de 2009”.
Sin embargo, los deudores tributarios podrán optar por llevar sus libros y registros vinculados a asuntos tributarios de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 12 y 13 de la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT antes del 1 de enero de 2009. Una vez que se haya optado por aplicar dichos artículos, no se podrá volver a llevar los libros y registros vinculados a asuntos tributarios de acuerdo a la regulación anterior.

No hay comentarios: